México y Panamá
México y la República de Panamá no necesitan
obtener autorización para utilizar las frecuencias de
los equipos de radio FRS.
Chile
El uso de la frecuencia UHF del Servicio de Banda
Local está sujeto a la resolución 1.261 de SUBTEL
y la resolución 52 Exenta. Se necesita una licencia
para su uso en Chile.
Para obtener una licencia de usuario final de Banda
Local:
1. Rellene el formulario necesario para solicitar el
servicio de banda local.
Tabla 1: Ubicación para obtener el formulario de
solicitud del servicio de banda local
Ubicación
Sitio web de
http:/www.subtel.gob.cl/
la SUBTEL
index.php?op-
tion=com_content&view=arti-
cle&id=1388&Itemid=2087
Oficina de
Subsecretaria de
SUBTEL
Telecomunicaciones, Unidad de
Licencias y Permisos, Lorenzo
Gotuzzo n.º 124, piso 6, Santiago,
Chile
Número telefónico: (56-2) 421 3634
8
Descripción
2. Presente este formulario con su ID en la oficina
de la SUBTEL.
3. Consulte las tarifas correspondientes en la
oficina de la SUBTEL.
Para obtener más información, consulte con la
SUBTEL en http://www.subtel.cl o llame a la oficina.
Perú
El uso de frecuencias de colectivo familiar está
sujeto a RVM del MTC 388-200-MTC/15.03 y FCC
(FRS), parte 95B. No es necesario disponer de una
licencia para su uso en Perú. Para obtener más
información, consulte con el MTC de Perú en
http://www.mtc.gob.pe.
Brasil
El uso general de frecuencias está sujeto a la
resolución n.º 680 y a la ley n.º 14448,
artículo 15: equipos de comunicación de radio de
uso general. No es necesario disponer de una
licencia para su uso en Brasil. Consulte el sitio de
Anatel para obtener más información:
http://www.anatel.gov.br.